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Diario Mural

Exención de servicio militar obligatorio (SMO)

 

 

Los hijos y nietos de las victimas individualizadas quedaran exentos del SMO, en la categoría de disponibles,como lo señala el articulo N°30 del Decreto Ley N° 2306, de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas. (http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=11443).

La solicitud correspondiente puede hacerse directamente en la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), previamente en el Área Social de nuestro Programa.(http://www.minjusticia.gob.cl/)

Páginas amigas


verdadyjusticia.jimdofree.com

www.indh.cl

www.humanas.cl

www.derechoschile.com

derechos.org/nizkor/chile

www.cdh.uchile.cl

asambleanacionalporlosddhhchile.blogspot.com

www.museodelamemoria.cl

www.observatorio.cl

www.archivochile.com/Musica_audio/HTML/audio_y_musica_ddhh.html

www.codepu.cl 

www.memoriaviva.com

www.fundacionpdh.org/normativa/cuadronormativo.htm

www.mapuexpress.net

 

 

 

 


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